Por Luis Alfredo Díaz Angulo
Abogado especialista en derecho de seguros
Las exclusiones en la póliza de seguros son esenciales para delimitar los riesgos que las aseguradoras están dispuestas a cubrir, marcando así los límites de la protección que recibe el asegurado. Estas exclusiones definen qué eventos quedan fuera del amparo de la póliza. Sin embargo, su correcta inclusión y visibilidad en el documento son cruciales para garantizar su eficacia.
El artículo 184 del EOSF, en su literal c) del numeral 2, exige que las exclusiones “deben figurar, en caracteres destacados, en la primera página de la póliza“. Esto busca garantizar que el asegurado o beneficiario esté debidamente informado sobre las limitaciones de la cobertura.
No obstante, la Corte Suprema de Justicia, en recientes fallos, ha precisado que estas exclusiones no necesariamente deben limitarse a la primera página, sino que pueden estar a partir de esta, siempre que se presenten de manera clara, continua e ininterrumpida a lo largo del documento. A continuación, analizaremos la sentencia hito.
El Conflicto en Torno a las Exclusiones en la póliza de seguro
Un sentencia reciente de la Corte Suprema de Justicia, SC2879 del 27 de septiembre de 20221, puso a prueba la aplicación de estas normativas. La aseguradora rechazó el reclamo, argumentando que el evento no estaba cubierto por la póliza, ya que se encontraba excluido en los numerales 3.14 y 3.17 de las condiciones generales del seguro. Según la aseguradora, dichas exclusiones estaban debidamente estipuladas en la póliza, y por lo tanto, el asegurado había sido informado de las limitaciones al momento de contratar el seguro.
Sin embargo, los beneficiarios del seguro impugnaron esta postura, señalando que las exclusiones no estaban claramente ubicadas en la primera página del documento, como lo exige el artículo 184 del EOSF, en su literal c) del numeral 2. Estos argumentos fueron debatidos en diferentes instancias.
La interpretación de la Corte Suprema de Justicia
En sede de casación, la Corte Suprema de Justicia emitió una decisión clave que establece nuevos parámetros para la industria aseguradora. La Corte absolvió a la aseguradora e interpretó el artículo 184 del EOSF en el sentido que esta norma tiene como propósito que las exclusiones se incluyan a partir de la primera página de forma continua e ininterrumpida, clara y destacada, pues de lo contrario, se entendería que todos los amparos y exclusiones deben figurar únicamente en la primera página, lo cual se torna muy difícil e impráctico.
En conclusión, para la Corte lo importante es que las exclusiones en la póliza de seguros sean claras, visibles y estén dispuestas de manera continua e ininterrumpida en todo el contrato.
La Corte subrayó que el objetivo de esta norma es garantizar que las exclusiones de la póliza de seguros no pasen desapercibidas para el asegurado o beneficiario, pero al mismo tiempo, reconoció la importancia de no limitar la libertad contractual del asegurador. De acuerdo con la sentencia, se entiende por “primera página” el folio inicial del clausulado general del seguro, y a partir de este deben estar claramente detallados los riesgos excluidos.
Implicaciones de la Decisión
Este fallo marca un precedente importante para el desarrollo de la industria aseguradora. Las aseguradoras deberán ajustar sus contratos a esta interpretación, garantizando que las exclusiones sean suficientemente claras y destacadas, aunque ya no es necesario que estén exclusivamente en la primera página. Al hacerlo, se busca un equilibrio entre la protección al consumidor y la flexibilidad contractual del asegurador.
Asimismo, esta decisión ofrece un marco jurídico claro para los jueces civiles y de tutela, quienes ahora podrán aplicar este criterio uniforme en casos similares. De esta manera, se evitará la proliferación de litigios sobre la eficacia de las exclusiones en los contratos de seguros.
Conclusión
La reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia establece un nuevo estándar sobre cómo deben presentarse las exclusiones en la póliza de seguro. Si bien estas cláusulas son fundamentales para delimitar los riesgos cubiertos, es esencial que sean presentadas de forma clara y accesible para el asegurado, garantizando así la transparencia y equidad en la contratación de seguros. Con esta sentencia, la Corte ha logrado unificar criterios y ofrecer una guía clara tanto para aseguradoras como para consumidores, en favor de un sistema más justo y eficiente.
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- Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil en Sentencia SC2879 del 27 de septiembre de 2022. M.P. Luis Alonso Rico Puerta. ↩︎